Tras ser desalojados por la Municipalidad de Lima del Mercado Central y Mesa Redonda, decenas de ambulantes ocupan la avenida Abancay y alrededores, a la altura del cruce con la avenida Grau, en .

Mira también:

Los comerciantes informales ofrecen sus productos en la vereda y en puentes peatonales. Incluso, han instalado pequeñas ferias de ropa.

Varios contaron que se empadronaron en la municipalidad, que se comprometió a trasladarlos a espacios de la comuna para que puedan vender, pero hasta ahora no tienen noticia.

Los ambulantes también están en el jirón Andahuaylas, a la altura del Congreso.

CON NECESIDADES

“Tengo cuatro nietos a mi cargo y el único ingreso es lo que saco por vender en la calle. Tampoco la idea es que nos trasladen a zonas alejadas porque nadie nos va a comprar”, señaló preocupada una vendedora que llega a diario de San Juan de Lurigancho.

Declaran zona restringida para el comercio el Mercado Central y Mesa Redonda

A partir de este lunes 15 de mayo se declaró zona restringida para el comercio ambulatorio y el estacionamiento de vehículos los alrededores del Mercado Central Mesa Redonda, ambas ubicadas en el . Esta norma se hizo oficial, luego de ser publicada en el diario El Peruano.

Como parte de este decreto, la Municipalidad desplegó alrededor alrededor de 1.000 agentes de la Policía Nacional del Perú (PNP) en las diversas calles del Mercado Central y Mesa Redonda a fin de liberar las vías.

Según el decreto de alcaldía N° 010, publicado por la Municipalidad de Lima, la zona restringida estará conformada por las siguientes zonas:

  • Jr. Junín cuadra 5, 6 y 7
  • Jr. Paruro cuadra 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13
  • Av. Nicolás de Piérola cuadra 14, 15, 16
  • Av. Abancay cuadra 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8
  • Jr. Andahuaylas cdra. 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12
  • Jr. Ayacucho cdra. 3, 4, 5, 6, 7, 8
  • Jr. Huallaga cdra. 5, 6, 7
  • Jr. Ucayali cdra. 5, 6, 7
  • Jr. Santa Rosa cdra. 5, 6, 7
  • Jr. Cuzco. Cdra. 5, 6, 7
  • Jr. Puno cdra. 5, 6, 7
  • Jr. Inambari cdra. 7
  • Pasaje Artesanos del Cercado de Lima

La implementación del presente Decreto de Alcaldía no excluye las prohibiciones referidas al comercio en zonas rígidas y/o no autorizadas, establecidas en la Ordenanza N° 1787 y demás normativa sobre la materia.

TE PUEDE INTERESAR

Contenido sugerido

Contenido GEC