El mes de julio es una de las fechas más esperadas. Y es que el Ministerio de Trabajo informó que las empresas tienen hasta el 15 de este mes para que cumplan con el pago de la gratificación por Fiestas Patrias.
"Este año quincena de julio cae domingo, sin embargo no es excusa para que el pago se retrase. Pueden hacerlo días previos, ya que la norma dice que se debe abonar hasta la primera quincena del mes", indicó el viceministro de Trabajo, Ítalo Mórtola.
Mórtola detalló que si el trabajador ha laborado el semestre completo (enero-junio), la gratificación equivale a un sueldo, pero si el empleado acumula un tiempo de servicios menor tendrá derecho a un pago proporcional a los meses completos laborados.
Asimismo, indicó que los colaboradores tienen derecho a percibir una bonificación extraordinaria equivalente al 9% del aguinaldo; lo que se paga por aporte a EsSalud y una bonificación extraodrdinaria de 6.75% si se encuentra afiliado a un EPS.
"En caso se incumplan estas normas, las empresas pueden ser multadas con mil 867 soles. No pagar la gratificación por Fiestas Patrias, configura una falta grave en las relaciones laborales", indicó el funcionario.
Mórtola subrayó que en caso de las pequeñas empresas y el trabajo del hogar, la gratificación equivale a medio sueldo. En otros régimenes como trabajo portuario, pequero y conservo, el abono se realizará semanalmente y con efectos cancelatorios.