¿Sabes si te toca descansar el lunes de 2 de mayo? Con motivo del feriado por el Día Internacional del Trabajo (Día Internacional de los Trabajadores), que se celebra este domingo 1 de mayo, el gobierno ha dictado una serie de medidas con la intención de que los trabajadores puedan disfrutar más tiempo en familia, así como pasear o viajar con el objetivo de ayudar a impulsar ciertos sectores como el turismo.
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De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 033-2022-PCM, los trabajadores del sector público tendrán la oportunidad de disfrutar, este fin de semana, de un feriado largo de tres días, al haberse declarado, además del feriado del 1 de mayo, como día laborable el lunes 2 de mayo. ¿Sabes cómo se compesarán esos días y a quiénes les corresponde tener un feriado largo?
¿EL 2 DE MAYO SERÁ FERIADO?
No, pero sí día no laborable, así que debes reponer las horas del día que descansas. En ese caso, los trabajadores del sector público podrán descansar este lunes 2 de mayo, debido a que ha sido declarado día no laborable para tener en feriado largo con motivo del Día del Trabajo, que es el 1 de mayo, de acuerdo con una norma aprobada por el Poder Ejecutivo, que busca además incentivar el turismo.
¿EL SECTOR PRIVADO TENDRÁ DÍA NO LABORABLE?
En el caso del sector privado,el Decreto Supremo Nº 033-2022-PCM, podrán acogerse a este día no laborable, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar. Sin embargo, si no llega a un acuerdo, decidirá el empleador.
¿CÓMO SE RECUPERAN LAS HORAS DEL DÍA NO LABORABLE?
A diferencia del feriado del Día del Trabajo, que es no sustituible, las horas que dejarás de laborar este lunes 2 de mayo 2022 deben ser compensadas en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función de sus necesidades.
¿PARA QUIÉNES NO APLICA EL DÍA NO LABORABLE?
El día no laborable del 2 de mayo no abarca a todas las actividades económicas, sobre todo a las de especial relevancia para la comunidad. En ese sentido, las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que realizan determinados servicios (sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos) están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos de los días no laborables declarados por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 033-2022-PCM. Los trabajadores respectivos que continuarán laborando, a fin de garantizar los servicios a la comunidad.
¿QUÉ DÍAS NO LABORABLES QUEDAN PENDIENTES EN 2022?
Además del lunes 2 de mayo, quedan pendientes estos días no laborables en el año, de acuerdo con el Decreto Supremo Nº 033-2022-PCM.
- Viernes 24 de junio.
- Lunes 29 de agosto.
- Viernes 7 de octubre.
- Lunes 31 de octubre.
- Lunes 26 de diciembre.
- Viernes 30 de diciembre.
¿QUÉ DÍAS SON FERIADOS ESTE 2022?
Son los siguientes:
- Sábado 1 de Enero: Año Nuevo.
- Jueves 14 de Abril: Jueves Santo.
- Viernes 15 Abril: Viernes Santo.
- Domingo 01 Mayo: Día del Trabajo.
- Miércoles 29 Junio: Día de San Pedro y San Pablo.
- Jueves 28 Julio: Fiestas Patrias.
- Viernes 29 Julio: Fiestas Patrias.
- Martes 30 Agosto: Santa Rosa de Lima.
- Sábado 08 Octubre: Combate de Angamos.
- Martes 01 Noviembre: Día de Todos los Santos.
- Jueves 08 Diciembre: Día de la Inmaculada Concepción.
- Viernes 09 Diciembre: Batalla de Ayacucho- Día no laborable sector público.
- Domingo 25 Diciembre: Navidad.