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Elecciones 2020: ¿Este lunes 27 de enero es feriado o día no laborable?

El Ministerio de Trabajo emitió un decreto Supremo que declaraba feriado no laborable, pero esta medida solo es para aquellos que ejercieron de miembros de mesa en estas Elecciones 2020.

La desinformación podría hacer que pierdas el trabajo, por ello es importante que estés atento a las disposiciones y no creer todo lo que se muestra en las redes sociales. Este lunes, el Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo (MTPE), a través del , declaró el lunes 27 de enero como un día no laborable compensable para quienes se desempeñen como miembros de mesa durante las , que se realizan hoy domingo 26 de enero. Esta medida no abarca a aquellos que no desempeñaron esta labor, por lo que el lunes deberán cumplir con su jornada normal de trabajo.

Según el decreto, para dicho efecto los empleadores de los sectores público y privado deberán adoptar las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo establecido.

Para que esta disposición se cumpla, el día de las elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) otorgará a cada miembro de mesa un Certificado de Participación por haber cumplido con su deber cívico, el cual deberá ser presentado a su empleador al momento de reintegrarse a sus labores para gozar del beneficio.

Certificados de participación de la ONPE a los miembros de mesa

Asimismo, quedó establecido que los trabajadores que presten servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación, siempre que acrediten haber ejercido su derecho al voto, no laborarán los días viernes 24, sábado 25, domingo 26 y lunes 27 de enero del presente año.

En el caso de los trabajadores del sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador, se establecerá la forma como se hará efectiva la recuperación de los días no laborados; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.

Mientras que, en el sector público, los titulares de las entidades adoptarán las medidas necesarias para garantizar la adecuada prestación de los servicios de interés general, disponiendo además la forma para la recuperación de los días dejados de laborar.

En el caso de los trabajadores que laboren el mismo día de las elecciones, tendrán derecho a periodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo para ejercer su derecho de voto.

Las personas que actúen como miembros de mes en las elecciones y cuyas jornadas de trabajo coincidan con dicha fecha, están facultadas para no asistir a sus centros de labores, y los empleadores dispondrán la forma de recuperación y/o compensación de las horas dejadas de laborar.

El presente decreto supremo es refrendado por el presidente Martín Vizcarra; el titular del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos y la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Sylvia Cáceres.

Los miembros de mesa tendrán como día no laborable compensable el 27 de enero, el día después de las elecciones 2020. (El Peruano)

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