El último jueves se inició el proceso parra que los afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) soliciten el retiro de hasta 4 unidades impositivas tributarias (UIT), que equivalen a S/ 17,600, de sus fondos previsionales.
De acuerdo con el cronograma establecido por las AFP, este viernes pueden presentar su solicitud aquellos afiliados cuyo Documento Nacional de Identidad (DNI) termine en 0, letra u otro. Para estos afiliados el proceso empezó ayer.
MÁS INFORMACIÓN | ¿Qué día debo enviar mi solicitud de retiro de AFP según mi número de DNI?
Recuerde que para registrar su solicitud y retirar sus fondos primero debes ingresar a la web consultaretiroafp.pe y luego seguir los siguientes pasos:
- Selecciona el tipo de documento de identidad.
- Ingresa el número de documento.
- Ingresa el dígito verificador.
- Ingresa tu fecha de nacimiento.
- Clic en “no soy un robot”.
- Clic en “consultar”.
Cronograma vigente para el retiro de hasta S/ 17,600
El cronograma establecido por las AFP que rige desde el último jueves es el siguiente:
- Si tu DNI termina en 0, letra u otro, podrás solicitar el retiro el 27 o 28 de mayo
- Si tu DNI termina en 1, podrás solicitar el retiro el 31 de mayo o 1 de junio
- Si tu DNI termina en 2, podrás solicitar el retiro el 2 o 3 de junio
- Si tu DNI termina en 3, podrás solicitar el retiro el 4 o 7 de junio
- Si tu DNI termina en 4, podrás solicitar el retiro el 8 o 9 de junio
- Si tu DNI termina en 5, podrás solicitar el retiro el 10 u 11 de junio
- Si tu DNI termina en 6, podrás solicitar el retiro el 14 o 15 de junio
- Si tu DNI termina en 7, podrás solicitar el retiro el 16 o 17 de junio
- Si tu DNI termina en 8, podrás solicitar el retiro el 18 o 21 de junio
- Si tu DNI termina en 9, podrás solicitar el retiro el 22 o 23 de junio
MÁS INFORMACIÓN | Retiro de AFP: en qué casos no puedes sacar parte de tus fondos
¿Cuándo recibiré el dinero?
El dinero de tu AFP lo recibirás en tres armadas:
- El primer desembolso de hasta S/ 4,400 será realizado dentro de los 30 días calendario tras presentar la solicitud a tu AFP.
- El segundo, también de hasta S/ 4,400, lo recibirás dentro de los siguientes 30 días calendario tras el primer depósito.
- El tercer desembolso ascenderá al remanente del monto solicitado (hasta S/ 8,800). El plazo es de 30 días desde el segundo depósito.
El valor de la UIT a tomar en cuenta para el retiro facultativo es aquel que se encuentre vigente a la fecha de presentación de la solicitud por parte del afiliado ante la AFP. Actualmente es equivalente a S/ 4,400.
Las AFP divulgarán en su sitio web o la del gremio que las representa (Asociación de AFP) toda información de carácter general y sobre el estado del trámite de los afiliados.
Las compañías también serán responsables de realizar la retención judicial o convencional solo respecto de aquellos pronunciamientos derivados de deudas alimentarias, hasta por un máximo del 30% del monto retirado en cada armada.
¿Quiénes no aplican a este retiro en 2021?
Según la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), no podrán efectuar este trámite aquellos que califiquen para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo (REJA).
Además, se informó que los fondos retirados mantienen su condición de intangible, excepto aquellas retenciones judiciales por deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.
Por ello, el procedimiento establecido por la SBS indica que las administradoras de los fondos deberán revisar las cuentas para evaluar los ingresos de abril 2020 a marzo 2021, considerando como fecha de corte el 30 de abril del 2021, para saber si acceden al REJA.
El REJA es un régimen especial de jubilación creado para las personas que se encuentran en situación de desempleo que les permite acceder al 95.5% de su fondo de pensiones.
Para aplicar a este tipo de jubilación debes tener 50 años de edad si eres mujer o 55 años en el caso de los hombre. Además, debes estar desempleado durante 12 meses o más consecutivos. Este periodo se cuenta desde el mes anterior a la presentación de tu solicitud.
Si en el tiempo que oficialmente quedaste sin empleo, pero tuviste ingresos de cuarta categoría, es decir, como trabajador independiente, estos no pueden haber sido superiores a 7 UIT o S/ 30,800.
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