Los afiliados ya están solicitando el retiro de AFP hasta 4 UIT (S/ 18,400), pero deben de tener en cuenta que el orden de registro es de acuerdo al último dígito de su documento nacional de identidad (DNI). En esta nota te contamos todos los detalles con el cronograma.
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Como en las anteriores ocasiones, este mecanismo de solicitud se realizará de manera online a través consultaretiroafp.pe, el cual estará activo de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m.
Cronograma de solicitud de AFP
Las solicitudes dependerá del último dígito de DNI del afiliado. En esta oportunidad comenzarán con el número 9.
¿Cómo registrar mi solicitud de retiro de AFP?
A continuación, te explicamos los pasos que debes seguir para registrar tu solicitud de retiro de AFP.
- Debes ingresar al siguiente link https://www.consultaretiroafp.pe/
- Una vez habilitada la web deberás revisar qué día tienes permitido ingresar tu solicitud, de acuerdo con el último dígito de tu DNI.
- Llenar los datos solicitados y hacer clic en ‘Consultar’. Si aparece un mensaje confirmándote que estás apto para hacer el retiro, ingresa a Registrar solicitud.
- Consigna una cuenta bancaria propia en donde recibir tu retiro extraordinario.
- Elige tu banco y añade el número de cuenta. Caso contrario, puedes seguir el trámite, pero tu AFP se comunicará contigo en los siguientes días para coordinar el desembolso.
¿Cómo se realizarán los retiros?
El cronograma de retiros ha sido determinado de la siguiente manera:
- Primer desembolso de hasta 1 UIT (S/ 4,600): En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde presentada la solicitud ante la AFP.
- Segundo desembolso de hasta 1 UIT (S/ 4,600): En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el primer desembolso por la AFP.
- Tercer desembolso por el remanente del monto solicitado hasta 2 UIT (S/ 9,200): En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el segundo desembolso por la AFP.
Además, la norma señala que el retiro de los fondos aprobado mantiene la condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, o de cualquier forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados.
Lo señalado en la presente disposición no se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.
¿Quiénes podrán acceder al retiro de AFP?
La propuesta aprobada en el Pleno fue la elaborada por la Comisión de Economía, aprobada el 12 de abril. Esta planteaba que todos los afiliados, sean aportantes activos o no, puedan retirar su dinero del fondo.
Este detalle marca una diferencia con el dictamen aprobado el martes pasado en la Comisión de Trabajo, que establecía el mismo monto de retiro, pero solo en los casos de las personas que no cuenten con tres meses consecutivos de aportes al sistema.
Al respecto, Joaquín Rey, portavoz de la Asociación de AFP, señala que la medida aprobada representaría un desembolso de hasta S/ 31 millones.