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Hoy, lunes 29 de agosto, los afiliados a las AFP que no pudieron realizar en las fechas anteriores la solicitud para el retiro de hasta 4 UIT (S/ 18,400) de sus fondos de pensiones, ya podrán hacerla de manera libre.

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Dicho esto, es importante mencionar que hasta el lunes 25 de julio fueron las fechas calendario en donde los afiliados podían hacer este trámite según su número de DNI. Pero, del 26 de julio al 10 de setiembre son las “fechas libres” en donde pueden realizar la solicitud todos aquellos que no pudieron hacerlo anteriormente por diferentes motivos.

Las cuatro AFP que hay en el país: Habitat, Integra, Profuturo y Prima, publicaron el cronograma oficial para que los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) puedan registrarse.

Como en las anteriores ocasiones, este mecanismo de solicitud se realizará de manera online a través , el cual estará activo de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m.

¿Cómo registrar mi solicitud de retiro de AFP?

A continuación, te explicamos los pasos que debes seguir para registrar tu solicitud de retiro de AFP.

  • Debes ingresar al siguiente link
  • Una vez habilitada la web deberás revisar qué día tienes permitido ingresar tu solicitud, de acuerdo con el último dígito de tu DNI.
  • Llenar los datos solicitados y hacer clic en ‘Consultar’. Si aparece un mensaje confirmándote que estás apto para hacer el retiro, ingresa a Registrar solicitud.
  • Consigna una cuenta bancaria propia en donde recibir tu retiro extraordinario.
  • Elige tu banco y añade el número de cuenta. Caso contrario, puedes seguir el trámite, pero tu AFP se comunicará contigo en los siguientes días para coordinar el desembolso.

¿Cómo se realizarán los retiros?

El cronograma de retiros ha sido determinado de la siguiente manera:

  • Primer desembolso de hasta 1 UIT (S/ 4,600): En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde presentada la solicitud ante la AFP.
  • Segundo desembolso de hasta 1 UIT (S/ 4,600): En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el primer desembolso por la AFP.
  • Tercer desembolso por el remanente del monto solicitado hasta 2 UIT (S/ 9,200): En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el segundo desembolso por la AFP.

Además, la norma señala que el retiro de los fondos aprobado mantiene la condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, o de cualquier forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados.

Lo señalado en la presente disposición no se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.

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