En todos los casos ha quedado agotada la vía administrativa, por lo que no procederá ningún recurso adicional bajo dicha modalidad. (Foto composición: GEC)
En todos los casos ha quedado agotada la vía administrativa, por lo que no procederá ningún recurso adicional bajo dicha modalidad. (Foto composición: GEC)

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) confirmó multas contra las empresas Movistar, Claro y Entel por un monto ascendente a S/ 3′614,215 tras haber incurrido en infracciones ligadas a la verificación de identidad de clientes y la entrega de información a la institución.

Según Resolución de Consejo Directivo Nº 085-2020-CD/OSIPTEL, publicada este lunes en el Diario Oficial El Peruano, se sancionó a Claro al no haber realizado la verificación de identidad a través del sistema biométrico y por no requerir el DNI previo a la contratación o activación de líneas móviles.

La referida compañía había sido sancionada este año con dos multas de 151 UIT y una de 150 UIT, por un total equivalente a S/ 1′943,600, las cuales han sido ratificadas.

En el caso de Movistar, según Resolución de Consejo Directivo Nº 88-2020-CD/OSIPTEL, Osiptel indicó que la operadora proporcionó información inexacta en el marco del proceso de ajuste trimestral de tarifas tope de los servicios de Categoría I para el trimestre marzo-mayo 2015. El ente regulador confirmó la multa impuesta en 2017 por 142.5 UIT o S/ 577,125.

En relación a Entel, según resoluciones de Consejo Directivo Nº 89-2020-CD/OSIPTEL y Nº 90-2020-CD/OSIPTEL, la empresa no brindó información clara, veraz, detallada y precisa sobre el procedimiento para dar de baja su servicio o la velocidad de transmisión mínima garantizada sobre el plan a contratar.

Asimismo, se le sancionó por no haber verificado la identidad del cliente a través de la verificación biométrica o no biométrica previo a la contratación del servicio.

A la operadora se le impuso cuatro multas de 51 UIT, 48.3 UIT, 4 UIT y 151 UIT cada una, por un total de S/ 1′093,490.

En todos los casos ha quedado agotada la vía administrativa, por lo que no procederá ningún recurso adicional bajo dicha modalidad.

Contenido sugerido

Contenido GEC