El Gobierno dispuso el pago de la retribución extraordinaria establecida en la Ley N° 31083, equivalente a una remuneración mínima vital de S/ 930 soles, a los jubilados de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), informó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
El pago de la mencionada retribución extraordinaria se efectuará en enero del 2021, en la misma fecha en la que se pagan las pensiones de los pensionistas del Decreto Ley N° 19990 para evitar la generación de un cronograma y de canales alternativos para dicho pago. Con esto, se busca evitar que los jubilados deban hacer colas adicionales a las que normalmente realizan cuando cobran su pensión.
Para efectuar el pago a los jubilados de la ONP, el Gobierno publicó el Decreto de Urgencia N° 137-2020 en el diario oficial El Peruano. La norma autoriza transferencias de las entidades del Gobierno Nacional y gobiernos regionales a favor del MEF para que este financie, entre otras cosas, el pago de la retribución extraordinaria establecida en la Ley N° 31083.
El referido decreto precisa que las entidades del Gobierno Nacional transferirán a la Reserva de Contingencia S/ 647.2 millones y los gobiernos regionales harán lo propio por S/ 71.7 millones, haciendo un total de S/ 718.9 millones.
De este monto, el MEF señaló que se destinarán S/ 527.7 millones para el cumplimiento del pago de la retribución extraordinaria a los pensionistas de la ONP.
Además del pago a los jubilados de la ONP, las transferencias a favor de la Reserva de Contingencia serán destinadas para financiar diversos gastos de rápida ejecución generados por la atención de la emergencia sanitaria por el COVID-19 y la reactivación económica.
Estas transferencias se realizan a favor de los Gobiernos Regionales, así como para los ministerios de Relaciones Exteriores, de Defensa, de Transportes y Comunicaciones y al Poder Judicial.