El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y el Seguro Social de Salud (EsSalud) comenzaron el pago del Bono 210 para los trabajadores del sector privado con cuentas bancarias en el BBVA.
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El pago comenzó el viernes 21 de enero para un primer grupo de 902,083 trabajadores formales del sector privado de acuerdo al padrón aprobado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) mediante Resolución Ministerial N° 263-2021-TR.
Este subsidio es para los trabajadores formales del sector privado que tengan una remuneración de hasta S/ 2,000. Aquí te contamos todos los detalles del cobro del subsidio.
¿Hasta cuándo pagarán el Bono S/ 210?
Los trabajadores del sector privado recibirán este bono hasta el 31 de marzo del 2022.
Los pagos se realizarán según las fechas de abono comunicadas por las entidades financieras que realicen el pago del bono extraordinario y que serán publicadas en el link: https://bono210.essalud.gob.pe
¿Cómo se podrá hacer el cobro?
El abono se realizará vía depósito a una cuenta bancaria activa del trabajador. Según EsSalud, se ha suscrito convenios con distintas entidades financieras, a fin que el pago del bono se efectúe en una cuenta intangible del beneficiario en el banco del cual es ya cliente.
El pago también se podría gestionar mediante el servicio de Cuenta DNI del Banco de la Nación.
Cronograma para el cobro del bono
La modalidad de pago para dicho grupo, con cuentas bancarias en el BBVA, se efectúa a través de abono en cuenta de acuerdo al siguiente cronograma:
Próximamente se dará a conocer el cronograma de pago de la bonificación de S/ 210 a los trabajadores del sector privado que tengan una cuenta en otra entidad bancaria.
¿A quiénes se pagará el Bono S/ 210?
En el caso del sector privado, este apoyo monetario se entregará únicamente al personal que cumpla con los siguientes requisitos:
- Laborar y figurar registrado con su Documento Nacional de Identidad (DNI) en la planilla electrónica de la empresa durante los meses de julio, agosto o setiembre del 2021.
- Percibir una remuneración bruta mensual no mayor a S/ 2,000.
Se excluye de este beneficio al régimen de modalidades formativas laborales o regímenes de pensionistas.