Los trabajadores del sector privado recibirán en diciembre la gratificación por Navidad. Si tienes un contrato a sea a tiempo indefinido, plazo fijo o tiempo parcial, tu empleador está obligado a realizarte un abono adicional como plazo máximo el 15 de diciembre.
En Perú, las empresas privadas realizan el pago de la gratificación dos veces al año: julio y diciembre, que coinciden con las Fiestas Patrias y Navidad, y según lo establecido en la Ley 27735, para poder cobrar una gratificación equivalente a un sueldo completo, el trabajador debe haber laborado un semestre completo, en este caso entre julio y diciembre.
En ese sentido, son muchos los trabajadores que quieren calcular el pago exacto que recibirán. Para ello, existe una fórmula, aunque ya es conocida, vale la pena recordar. A continuación todas las claves que necesitas saber sobre la gratificación 2020 por Navidad.
Cuál es la fórmula para calcular la gratificación
La siguiente fórmula es para trabajadores con seis meses de antigüedad:
- Suma tu remuneración bruta más la asignación familiar e incluye el 9% que corresponde a EsSalud, ahora, si estás afiliado a EPS suma el 6,75%.
Por ejemplo: si tu sueldo es de S/ 1200 + 100 de asignación familiar = 1300 + 9% de 1300 que equivale a 117 soles. Tu gratificación sería 1417 soles, esto en caso de estar afiliado en EsSalud.
Si estás afiliado a EPS sería: S/ 1300 + 6.75% = 1387.75 soles.
Ahora, si eres un trabajador que no ha laborado el segundo semestre completo, debes calcular tu gratificación de la siguiente manera:
- Divide el sueldo entre los meses trabajados y se adiciona el porcentaje de EsSalud o EPS.
Por ejemplo: si un empleado entró a trabajar el 10 de julio y gana 1400 mensuales, los meses contados serán agosto, septiembre, octubre y noviembre. La gratificación para esta persona sería S/ 1400 entre 4 meses = S/ 350 + EsSalud (S/ 126). Su gratificación sería 476 soles.
¿Puedo recibir la gratificación si me encuentro en suspensión perfecta?
Los empleados que se encuentren en suspensión perfecta de labores sí pueden recibir la gratificación, siempre y cuando hayan laborado al menos un mes durante el semestre julio-diciembre. De ser así, el monto será proporcional a la cantidad de meses trabajados.
¿Un practicante recibe gratificación?
Los practicantes no reciben gratificación; sin embargo, hay que precisar que a ellos se les otorga una subvención adicional por cada seis meses de trabajo en la empresa.