Si las empresas no pagan o depositan hasta el 15 de diciembre la gratificación por Navidad, pueden ser sancionados con multas diferenciadas que van desde los S/ 473 hasta los S/ 112,316, según el régimen laboral de la empresa, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
“Las empresas deben tener en cuenta que el plazo para efectuar el pago de la gratificación y de la asignación extraordinaria del 9% sobre dicha gratificación, vence el martes 15 de diciembre de 2020, por tanto recomendamos a los empleadores tomar las precauciones del caso”, dijo Víctor Zavala, gerente del centro legal de la CCL.
Según el Decreto Supremo 008-2020-TR y Las escalas de multas laborales están dirigidas primero para la micro empresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa.
Para determinar el monto de la multa, además del sector al que pertenece la empresa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados, siempre que se considere como base la unidad impositiva tributaria (UIT) de S/ 4,300 para el 2020.
Las multas para mypes inscritas en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), no podrán superar en un mismo procedimiento sancionador el 1% de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.
Multas por no pagar la gratificación
A continuación revise las multas mínimas y máximas que se imponen por no pagar o depositar la gratificación por Navidad, según el tipo de empresa:
Tamaño de la empresa | Multa mínima | Multa máxima |
---|---|---|
Microempresa | S/ 473 | S/ 1,935 |
Pequeña empresa | S/ 1,935 | S/ 19,350 |
Mediana y gran empresa | S/ 6,571 | S/ 112,316 |