El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) confirmó las multas por 256,96 unidades impositivas tributarias (UIT) y 280 UIT a las operadoras y Entel respectivamente por prestar sus servicios de telefonía en equipos cuyos IMEI figuraban como sustraídos o perdidos.

Según resoluciones Nº 041-2019-CD/OSIPTEL y Nº 42-2019-CD/OSIPTEL, el ente regulador verificó que dichas operaciones  se ejecutaron durante el periodo de noviembre de 2017 a febrero de 2018. 

Asimismo, se dio cuenta que los servicios brindados por Bitel y Entel se dieron mediante un total de 120,623 equipos según la Base de Datos Centralizada del Procedimiento de Intercambio de Información.

Osiptel señaló que si bien no es posible determinar la intencionalidad por parte de las empresas para incumplir la norma, la primera instancia señaló que si se apreció un actuar negligente puesto que en su oportunidad no se adoptaron las medidas necesarias para cumplir con su obligación.

Del mismo modo, si bien no fue posible cuantificar el perjuicio económico causado a los usuarios, ello no significa que este no se haya producido, toda vez que, la prestación del servicio de telefonía móvil en equipos terminales reportados como sustraídos afecta a la sociedad en general.

Por ende, las multas impuestas tanto a Bitel (S/ 1,079,232) y Entel (S/ 1,176,000) ascienden en conjunto a más de S/ 2 millones.

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