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La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral () anunció que inspeccionará y sancionará a las empresas que no acepten la para otorgar la licencia con goce de haber.

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A través de un comunicado emitido por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), se informó que las multas ascenderán hasta 52.53 unidades impositivas tributarias (UIT); es decir, S/ 241,638.

De acuerdo al MTPE, hay empresas que solo están dando validez a la prueba molecular positiva (PCR) para brindar el descanso médico por COVID-19.

“No aceptar la prueba antígena es una contravención a la directiva emitida por el Ministerio de Salud (Minsa), afectando los derechos en seguridad, salud y sociolaborales de los trabajadores del país”, apuntó.

“Según la Resolución Ministerial n.° 1275-2021-MINSA se determinó que la confirmación de un caso positivo de la COVID-19, se puede efectuar a través de una prueba molecular y también antígena”, agregó.

La institución invocó a la ciudadanía a denunciar cualquier incumplimiento laboral por parte de los empleadores, a través de los canales de la Sunafil.

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