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El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo () publicó este lunes a través de dos resoluciones los “Lineamientos sanitarios ante el COVID-19 para destinos turísticos” y el “Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para salas de juego”.

En un comunicado, el sector que con la emisión de ambos documentos “continúa preparándose para la reanudación total de las actividades relacionadas al turismo”. Los documentos aprobados se suman a los ocho protocolos sanitarios sectoriales que a la fecha han sido publicados por el Mincetur.

Lineamientos para destinos turísticos

Con la dación de los “Lineamientos sanitarios ante el COVID-19 para destinos turísticos”, publicado hoy como Resolución Ministerial N° 195-2020 en el diario oficial El Peruano, Mincetur establece el marco normativo que permitirá organizar y gestionar la reanudación de actividades en los más de 100 destinos turísticos que existen en el Perú como las playas del Norte, la Ruta Moche, Río Amazonas, entre otros.

Los lineamientos se formularon en concordancia con las disposiciones emitidas por el Ministerio de Salud (Minsa) y los protocolos aprobados por el sector.

“Con esta norma damos los lineamientos generales para vigilar, prevenir y controlar el COVID-19, en el proceso de reanudación de actividades en los destinos turísticos. Por ello, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo desplegará acciones para que estos lineamientos sean aplicados por los actores públicos y privados. La reanudación total del turismo solo será posible con el apoyo de todos”, explicó el Mincetur en su comunicado.

Protocolo de salas de juego

De otro lado, el Mincetur también emitió hoy la Resolución Ministerial N° 196-2020 sobre el “Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para salas de juego”. En el Perú hay más de 750 salas de juego que cuentan con autorización del Mincetur, las cuales no operan desde que se declaró la emergencia nacional por el COVID-19 en marzo pasado.

En el documento se establecen las medidas preventivas sanitarias que se deben cumplir para la realización de estas actividades. Se enfatizan, así, aquellas referidas a la protección que deberá cumplir el personal encargado de prestar el servicio, además de la limpieza y desinfección de equipamiento e instalaciones.

A esto se suma las medidas de bioseguridad que deben cumplir los clientes.

Mincetur precisó que la reanudación de las actividades realizadas por las salas de juego será aprobada en una norma posterior.

Cabe mencionar que este Protocolo Sanitario es de aplicación complementaria al “Documento Técnico Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 448-2020-Minsa.

“Con el Protocolo Sanitario Sectorial para salas de juego sectorial ponemos de conocimiento a las salas de juego las medidas de bioseguridad que deben implementar. De esta manera, cuando se realice la reapertura esta actividad podrán volver a operar, siempre cumpliendo los requerimientos del gobierno”, concluyó el Mincetur.


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