NO VA MÁS. Pese a haber sido observada por el Ejecutivo en primera instancia, el Congreso de la República aprobó por insistencia, y con 105 votos a favor, la ley que elimina el régimen de Contratos Administrativos de Servicios (CAS) en el sector público.
La ley establece que todo el personal que se encuentra laborando en el referido régimen pasará a formar parte de los regímenes laborales regulados por los Decretos Legislativos 276 y 728.
Para pasar a dichos regímenes, los trabajadores que se encuentren actualmente bajo el CAS deberán acreditar que se encuentran realizando labores de carácter permanente, tener un contrato por 2 años de modo continuo o 3 años de modo discontinuo y haber ingresado a la institución mediante concurso público o haber tenido la condición de servicios no personales y posterior CAS.
La norma precisa que el orden de prelación para la incorporación a los otros regímenes laborales estará en función de la antigüedad del contrato CAS, edad del trabajador, cuota de discapacitados de la institución pública e igualdad de género.
La única excepción para que las entidades puedan contratar bajo el régimen CAS aplicará para aquellos contratos que se encuentren vigentes y que sean necesarios de renovar, a efectos de no cortar el vínculo laboral de los trabajadores.
Asimismo, quedan exceptuados de los alcances de la ley los trabajadores que hayan sido contratados como CAS de confianza.