El Gobierno oficializó este sábado las nuevas disposiciones en el marco del estado de emergencia nacional frente a la pandemia del COVID-19, que estarán vigentes entre el lunes 29 de marzo y el jueves 11 de abril. De esta manera se dispone una serie de medidas de acuerdo a la nueva clasificación de provincias según riesgo de contagio de coronavirus: extremo, muy alto y alto.
Entre las disposiciones, publicadas hoy a través del Decreto Supremo 058-2021-PCM en el diario El Peruano, figura que en todos los departamentos que serán mencionados, la inmovilización social obligatoria nocturna se prolongará hasta las 4 de la mañana, a las 10:00 p.m. (para el nivel de alerta alto) o a las 9:00 p.m. (en los niveles de alerta muy alto y extremo).
Asimismo, se dispone que los días domingos no se podrá usar vehículos particulares en las localidades con niveles de alerta alto, muy alto y extremo. Se autoriza, además, el uso de playas, ríos, lagos o lagunas en los departamentos con niveles moderado y alto, respetando las normas sanitarias vigentes, y se prohíbe el mismo en las de alerta muy alto y extremo.
La norma también añade las medidas anunciadas semanas atrás por el Ejecutivo respecto a la Semana Santa donde se acatará una cuarentena general en todo el país.
A continuación la nueva clasificación de las jurisdicciones de acuerdo al nivel de alerta de contagio de la referida enfermedad:
-Nivel extremo-
Para este nivel, los domingos habrá inmovilización social obligatoria estricta y el toque de queda será de 9:00. pm a 4:00 am. El número de provincias comprendidas en este nivel de alerta se redujo de 27 a 19, según precisó el Ejecutivo en conferencia de prensa, el último miércoles.
La inmovilización social obligatoria nocturna empieza a las 09:00 a.m. y finaliza a las 04:00 a.m. del día siguiente. Está prohibida la circulación de vehículos particulares los domingos, con excepción de aquellos que cuenten con el respectivo pase vehicular emitido por la autoridad competente.
En cuanto al aforo, está prohibido el ingreso de público a casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas que se realizan en espacios cerrados, al igual que las actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.
En tanto, los bancos y otras entidades financieras tienen un aforo de 40%, al igual que los supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas, farmacias, peluquerías y spa, barberías, masajes faciales, manicura, maquillaje y afines previa cita.
El acceso a museos, sitios y monumentos arqueológicos, centros culturales, galerías, bibliotecas, áreas protegidas, jardines botánicos y zoológicos es del 30% como máximo, al igual que los restaurantes y afines en zonas internas (con ventilación) y a aire libre.
También están permitidas las artes escénicas (música, circo, danza y teatro) en espacios abiertos hasta 20% de aforo, al igual que en los centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados.
El transporte interprovincial terrestre funcionará pero con un aforo del 50 al 100% según la regulación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. El ingreso a las playas y templos y lugares de culto sigue suspendido para la población.
-Nivel Muy Alto-
Una de las novedades es que la provincia constitucional del Callao baja su nivel de alerta de extremo a “muy alto”, lo que significa que ya no tendrá cuarentena total los domingos. Sin embargo, este domingo 28 de marzo el Primer Puerto estará aún bajo inmovilización social estricta todo el día pues hasta esa fecha rige la alerta extrema.
Las nuevas medidas rigen recién el lunes 29. A partir de esa fecha Lima Metropolitana y Callao estarán juntas en la clasificación de riesgo muy alto frente al coronavirus.
De lunes a domingo los ciudadanos puede transitar con normalidad pues no hay cuarentena. No obstante, el toque de queda se inicia a las 9 de la noche hasta las 4 de la mañana del día siguiente.
También se mantiene prohibida la circulación de vehículos particulares los domingos, con excepción de aquellos que cuenten con el respectivo pase vehicular emitido por la autoridad competente.
Los domingos 4 y 11 de abril se mantiene prohibida la circulación de vehículos particulares, salvo que se cuente con el pase especial por labores esenciales. No obstante, el transporte público sí funcionará durante ambas fechas.
El transporte interprovincial terrestre funcionará pero con un aforo del 50 al 100% según la regulación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. El ingreso a las playas sigue suspendido para la población de ambas ciudades.
Respecto al aforo, en bancos y otras entidades financieras asciende al 50% del total, al igual que en tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias.
El aforo es hasta 40% en restaurantes y afines en zonas al aire libre, al igual que en bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, áreas protegidas, jardines botánicos y zoológicos; y en la enseñanza cultural en espacios abiertos.
En restaurantes y afines en zonas internas; centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados; así como en artes escénicas en espacios abiertos; y actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre, el aforo es hasta 30% del total.
Mientras, los casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas (espacios cerrados); así como en templos y lugares de culto el aforo es hasta 20% del total.
-Nivel Alto-
Los departamentos de Lambayeque y Huánuco se encuentran en su totalidad en este nivel. El transporte interprovincial es libre.
El toque de queda en las provincias de ambas regiones rige desde las 10:00 p.m. hasta las 04:00 a.m. del día siguiente. Asimismo se prohíbe la circulación de vehículos particulares los domingos, con excepción de aquellos que cuenten con el respectivo pase vehicular emitido por la autoridad competente.
En cuanto al aforo, es hasta el 60% en bancos y otras entidades financieras; tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias; y en restaurantes y afines en zonas al aire libre.
Mientras que en restaurantes y afines en zonas internas; bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, áreas protegidas, jardines botánicos y zoológicos; y artes escénicas en espacios abiertos es hasta 50% del total.
En centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados; y en actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre el aforo es hasta 40% del total.
Finalmente, el aforo permitido es hasta 30% en casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas (espacios cerrados); y en templos y lugares de culto.
¿Cuáles son las medidas por Semana Santa?
La norma publicada hoy también recuerda las restricción de cuarentena general en todo el país para los cuatro días de Semana Santa, del jueves 1 al domingo 4 de abril, para evitar el tránsito de las personas y evitar la propagación de contagios del coronavirus.
Como parte de las medidas extraordinarias, queda prohibido durante esos días el uso de autos particulares en todo el país, independientemente del nivel de riesgo que tengan las provincias frente al COVID-19.
Como suele ocurrir durante la vigencia de una cuarentena, solo estará permitido el transporte público de pasajeros y los taxis autorizados para el transporte de las personas que realizan trabajos esenciales.
Asimismo, las tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias, con aforo según el nivel de alerta y atención desde las 04:00 a.m. hasta las 06:00 p.m..
En tanto, el servicio de farmacias y boticas para entrega a domicilio (delivery) durante las 24 horas. También el servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery), desde las 04:00 a.m. hasta las 11:00 p.m..
Las actividades vinculadas a la distribución de materiales educativos, realizadas por directivos, docentes, auxiliares, personal administrativo y contratistas.
Asimismo, el proceso de vacunación contra la COVID-19 se continuará realizando en el referido periodo.
Desde el 01 hasta el 03 de abril de 2021, se suspende el servicio de transporte interprovincial de personas por vía terrestre y aérea.
Sobre el día de elecciones
El domingo 11 de abril de 2021, a nivel nacional, las personas podrán acudir a los locales de votación para ejercer su derecho de sufragio y participar como miembros de mesa, manteniendo las prácticas saludables, que incluye el distanciamiento físico o corporal, y cumpliendo los protocolos aprobados por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).