La Policía Nacional (PNP) realiza una operación a los diversos vehículos que transitan por la Av. Javier Prado, a la altura del Puente Quiñones. (Foto: Hugo Curotto/GEC)
La Policía Nacional (PNP) realiza una operación a los diversos vehículos que transitan por la Av. Javier Prado, a la altura del Puente Quiñones. (Foto: Hugo Curotto/GEC)

| Informativo

¡Mucho ojo! La Policía Nacional del Perú (PNP) viene realizando una operación a los diversos vehículos particulares que transitan por la Av. Javier Prado, a la altura del Puente Quiñones, para verificar que cuentan con autorización para circular en medio del estado de emergencia por el nuevo (COVID-19).

Al respecto, el general Jorge Lam, director de Tránsito de la Policía Nacional, recordó que las únicas personas que pueden salir con sus vehículos particulares son aquellas que se dedican a la prestación y acceso de servicios y bienes esenciales estipulados en el Decreto Supremo N° 046-2020-PCM.

“El decreto 046 dice claramente qué personas pueden salir con sus vehículos particulares. Estos son los que se dedican al sector salud, transportan medicinas o las fabrican, a los servicios esenciales como agua, saneamiento, combustible, gas, telecomunicaciones, servicios funerarios, transporte de carga y mercancía, los miembros de la policía, las Fuerzas Armadas, bomberos, prensa y aquellas que tengan alguna emergencia o urgencia. También pueden salir las personas del sistema financiero", detalló en declaraciones a América Noticias.

En ese sentido, el general Jorge Lam aseveró que las personas que transiten con sus vehículos deberán contar con su permiso de tránsito laboral, el fotocheck de la empresa donde trabajan y una acreditación que su centro de labores le debe entregar. “Con esos tres documentos pueden circular”, aseguró.

Por otro lado, el director de Tránsito de la PNP manifestó que esta semana se ha visto más circulación de vehículos en las principales avenidas de la capital en comparación a las tres primeras semanas del inicio de la cuarentena, donde el número de autos era menor.

Al inicio mirábamos vehículos, pero no en esta cantidad. Como se dice, la gente quiere sacarle la vuelta a la norma, pero en realidad no lo hace, se la sacan a ellos mismos. Ellos están saliendo a exponerse, a sus familiares y a todos los demás”, indicó.

El pasado 15 de abril el Gobierno aprobó el monto de las multas para sancionar a las personas que incumplan las disposiciones emitidas durante la emergencia dispuesta por los casos de coronavirus en el país.

Entre las multas, el circular con un vehículo de uso particular sin la autorización emitida por el Ministerio de Defensa o el Ministerio del Interior será sancionado con S/344 (8 % de la UIT).

Asimismo, no respetar la inmovilización social obligatoria, así como no contar o rehusarse a cumplir con la identificación dispuesta por los miembros de la PNP o de las Fuerzas Armadas son consideradas infracciones muy graves, que se sancionarán con una multa de S/430 (equivalente al 10 % de la UIT).

Del mismo modo, quienes circulen por la vía pública sin contar con el respectivo pase personal laboral, en caso corresponda, recibirán una multa de S/258 (6 % de la UIT).

Circular por la vía pública para la realización de actividades que no estén contempladas en el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Supremo 044-2020-PCM también será sancionado con S/215 (5 % de la UIT).

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