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El Gobierno oficializó que el uso de la mascarilla será solo obligatorio en hospitales, en el transporte terrestre de personas y en espacios cerrados sin ventilación. El pasado 22 de setiembre fue el Ministerio de Salud el que precisó que esta medida iba a regir desde el sábado 1 de octubre.

“Es obligatorio el uso de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela), en establecimientos de salud, vehículos del servicio de transporte terrestre de personas y espacios cerrados sin ventilación”, señala el publicado esta noche del jueves 29 de setiembre, en la Edición Extraordinaria del diario El Peruano,

Asimismo, en el dispositivo legal, que lleva la firma del presidente Pedro Castillo, el titular del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, y diferentes ministros de Estado, también señala que, el uso de mascarillas será obligatorio para personas con síntomas respiratorios, tanto en espacios abiertos y cerrados. En tanto, será opcional en espacios abiertos y espacios cerrados ventilados.

“Es opcional el uso de mascarillas en espacios abiertos y espacios cerrados ventilados. Es obligatorio el uso de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela), para personas con síntomas respiratorios, tanto en espacios abiertos y cerrados”, cita el documentos.

Mascarillas opcionales en escolares y docentes

El decreto supremo precisa, además, que en el caso de colegios del país, el uso de mascarilla será opcional para los estudiantes y docentes, aunque, en este punto el decreto advierte que debe garantizarse la ventilación adecuada conforme a la normativa vigente.

Mascarillas al momento de comer en restaurantes

Para el caso de restaurantes o similares en espacios cerrados sin ventilación, las mascarillas pueden ser retiradas sólo al momento de ingerir los alimentos.

Pasajeros que arriben al país deben acreditar vacunación

La norma refiere también que los peruanos y extranjeros residentes de 12 años a más, cuyo destino final sea el Perú, deben acreditar haberse aplicado las tres dosis de vacunación contra el COVID-19. Los extranjeros no residentes deben contar con la vacunación de acuerdo al esquema de su país de origen.

De no contar con la citada vacunación, pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar en su punto de origen. Los menores de 12 años solo requieren estar asintomáticos para abordar.

La verificación de la vacunación contra el COVID-19, recordó el decreto que, en el Perú o el extranjero, debe realizarse a través del carné físico o virtual conjuntamente con algún documento oficial de identidad.

¿Cuándo entra en vigencia el fin de mascarillas en hospitales, transporte terrestre y espacios cerrados sin ventilación?

La norma de uso obligatorio de mascarillas solo en hospitales, transporte público y espacios cerrados sin ventilación rige desde este sábado 1 de octubre debido a que el , sobre la prórroga del estado de emergencia tenía vigencia hasta hoy, 30 de setiembre.

A esto se suma que el pasado 22 de setiembre, el Ministerio de Salud, a través de su cuenta oficial de Twitter, respondió a un usuario la misma consulta sobre la fecha que esta disposición entraría en vigencia.

Las medidas entrarán en vigencia el 1 de octubre”, respondió la cuenta del sector Salud en la citada red social.

Tuit del Ministerio de Salud sobre fecha de entrada en vigencia sobre uso de las mascarillas de forma opcional en espacios abiertos y espacios cerrados con ventilación.
Tuit del Ministerio de Salud sobre fecha de entrada en vigencia sobre uso de las mascarillas de forma opcional en espacios abiertos y espacios cerrados con ventilación.

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