El Ejecutivo dispuso el acceso gratuito temporal para los servidores públicos, menores de edad y adultos mayores, a sitios arqueológicos, museos, lugares históricos y áreas naturales protegidos y administrados por el Ministerio de Cultura y el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp). Esto como medida de reactivación y promoción económica del turismo en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19.
El Decreto Legislativo Nº 1507 publicado hoy en la Separata de Normas Legales del diario El Peruano, dispone que esta medida se aplicará desde 1 de julio hasta el 31 de diciembre del presente año.
“El acceso gratuito para todos los servidores públicos así como para las niñas, niños y adolescentes, y personas adultas mayores, sean nacionales o extranjeros, a los sitios arqueológicos, museos, lugares históricos y áreas naturales protegidas por el Estado abiertos al público, administrados por el Ministerio de Cultura y el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – Sernanp”, señala el dispositivo.
Asimismo detalla que el acceso gratuito a estos lugares será implementado de conformidad con los protocolos y lineamientos sanitarios de operación ante el COVID-19, aprobados por el Ministerio de Salud (Minsa).
El D.L. señala que los ministerios de Comercio Exterior y Turismo, Educación, Cultura y al Sernanp, coordinarán con los gobiernos locales y regionales, colegios, universidades e institutos superiores, el desarrollo de actividades de difusión e información cultural relacionadas con los sitios arqueológicos, museos, lugares históricos y áreas naturales protegidas por el Estado.
Además, se autoriza al Poder Ejecutivo, durante el Año Fiscal 2020, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional hasta por la suma de S/ 20 millones, a favor del Ministerio de Cultura y del Sernanp.
“El Ministerio de Cultura y el Sernanp son responsables de que las actividades a efectuarse en los sitios cuyas visitas son promovidas se respeten las medidas emitidas por el Ministerio de Salud y demás entidades competentes, vinculadas a la prevención y protección que permitan evitar la propagación de personas infectadas con COVID-19”, indica.
Tanto el citado sector como el organismo adscrito al Ministerio del Ambiente, en coordinación con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, emitirán las normas complementarias para el cumplimiento de lo establecido en el plazo de treinta 30 días contados desde su publicación.