El Gobierno estableció un conjunto de facilidades laborales para los trabajadores que tengan familiares directos diagnosticados con COVID-19 o que son grupo de riesgo ante un posible contagio del nuevo coronavirus y que en ambos casos no se encuentran hospitalizados.
De acuerdo con un Decreto Legislativo publicado en El Peruano, los trabajadores podrán contar con licencias con goce de haber, sujetas a compensación posterior.
También podrán contar con la facilidad de la reducción de la jornada de trabajo, sujeta a compensación posterior, así como la reorganización de horarios de trabajo, por turnos o remoto.
En todos los casos mencionados, las oportunidades de la compensaciones son acordadas entre las entidades públicas y los empleados.
Igualmente, contarán con permisos temporales durante la jornada de trabajo, sujetos a compensación posterior de horas, además de cualquier otra facilidad laboral que resulte pertinente, atendiendo a los criterios de razonabilidad y proporcionalidad, y considerando los enfoques de género, interculturalidad, interseccionalidad y derechos humanos.
La entidad pública o empleador y el trabajador pactarán de común acuerdo la facilidad laboral que le sea aplicable. A falta de acuerdo, el empleado decide dentro de las opciones propuestas por la empresa.
El otorgamiento de las facilidades laborales no implica, en ningún caso, la reducción de la remuneración y de los beneficios sociales que perciben los servidores civiles o trabajadores.
Para el ejercicio de las facilidades laborales se requiere que el servidora civil o trabajador sea el único a cargo del cuidado y sostén del familiar directo que cuenta con diagnóstico de COVID-19 o que es parte del grupo de riesgo ante un posible contagio, y que no se encuentra hospitalizado.