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Establecen medidas de identificación y seguimiento de casos sospechosos y confirmados de COVID-19

Las entidades administradoras de las centrales telefónicas de emergencia 113 y 107 podrán acceder a los datos de las personas que realizan las llamadas a esas centrales

El gobierno estableció medidas de identificación y seguimiento de los casos sospechosos y confirmados de personas contagiadas con coronavirus (COVID-19), en el marco de las medidas tomadas durante el estado de emergencia.

De acuerdo con un , las entidades administradoras de las centrales telefónicas de emergencia 113 y 107 podrán acceder a los datos de las personas que realizan las llamadas a esas centrales para corroborar sus identidades ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

Esa información, debidamente anonimizada, será proporcionada, para las funciones y competencias que les son propias en el marco de esta epidemia a través de la Plataforma Nacional de Interoperabilidad del Estado, a la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Salud y sus Organismos Públicos Adscritos, al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), Essalud, la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, entre otras entidades públicas.

Asimismo, de modo excepcional y para fines estrictamente limitados a la identificación y seguimiento de casos sospechosos o confirmados de COVID-19, se dispone que únicamente en tales casos, las entidades administradoras de las centrales telefónicas de emergencia podrán acceder, además, al registro histórico de la localización o geolocalización del dispositivo desde el cual se realiza la llamada, inclusive, tres días antes de su realización.

Además, los concesionarios de servicios públicos de telefonía fija y móvil están obligados a brindar el acceso a localización o geolocalización para los fines establecidos, de acuerdo con la capacidad y facilidades técnicas de cada operador, debidamente sustentadas.

El Decreto Supremo también establece que los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones, a través de sus servicios de mensajería, remitirán mensajes a todos sus abonados con periodicidad semanal, durante la vigencia del estado de emergencia, para difundir el cuestionario nacional o triaje inicial digital nacional implementado por el Poder Ejecutivo para la identificación de casos sospechosos de COVID-19.

El Ministerio de Salud y sus organismos públicos adscritos, Essalud y la Presidencia del Consejo de Ministros podrán acceder y gestionar los datos que se generen como resultado del llenado de cuestionario nacional o triaje inicial digital nacional para la adopción e implementación de acciones de prevención y control del COVID-19, según corresponda.

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