El ministro de Defensa Walter Ayala señaló en la víspera que los miembros de las Fuerzas Armadas están capacitados en derechos humanos. (Foto archivo / GEC)
El ministro de Defensa Walter Ayala señaló en la víspera que los miembros de las Fuerzas Armadas están capacitados en derechos humanos. (Foto archivo / GEC)

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La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República aprobó este miércoles citar para la próxima semana a los ministros del Interior y Defensa a fin de que expliquen los alcances de la Resolución Suprema 191- 2021, publicada en la víspera en “El Peruano”, y que dispone la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional en su labor de control y mantenimiento del orden interno.

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Cabe señalar que el titular del Interior Luis Barranzuela renunció anoche tras los cuestionamientos por haber realizado una reunión social en su casa el 31 de octubre. En las próximas horas se debe designar a su reemplazo. El otro citado es Walter Ayala, que dirige actualmente el sector Defensa.

La referida resolución suprema dispone que a partir de este miércoles las Fuerzas Armadas intervengan en apoyo a la Policía Nacional en Lima y Callao, “con el objeto de asegurar el control y el mantenimiento del orden interno, así como para prestar apoyo en la ejecución de operaciones policiales”. Esto por un periodo de 30 días.

De acuerdo a los considerandos de la resolución suprema, en lo que va del 2021 se advierte un incremento significativo del índice delictivo en Lima y la Provincia Constitucional del Callao, en donde operan organizaciones delictivas dedicadas al tráfico ilícito de drogas, tenencia ilegal de armas, robos, hurtos y otros delitos que ponen en peligro la integridad física de la ciudadanía, “y que han logrado sobrepasar la capacidad operativa de la Policía Nacional del Perú”.

El constitucionalista y expresidente del Tribunal Constitucional Óscar Urviola considera que la medida no es constitucional debido a que no existe una declaratoria de estado de emergencia previa en Lima y Callao, de acuerdo al artículo 137 de la Constitución Política, que autoriza al presidente de la República a disponer por decreto (y no por resolución suprema como se ha hecho) que las Fuerzas Armadas asuman el control del orden interno.

En cambio para el constitucionalista Alejandro Rospigliosi la medida adoptada por el Ejecutivo “sí es constitucional”.

Una situación excepcional de inseguridad ciudadana requiere una respuesta excepcional, pero dentro del marco de la Constitución y creo que la decisión tomada por el jefe de Estado sí es constitucional”, indica.

El exjefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y actual congresista José Williams Zapata ha señalado que en el caso de Lima y Callao, al no haber sido declarados en emergencia, las tareas que cumplan las FF.AA. tendrían que tener una serie de limitaciones porque “no están entrenadas para trabajar en asuntos propios de la PNP”.

Por lo tanto, Williams Zapata considera que es necesaria una reglamentación a la norma publicada en El Peruano. “Ese es el punto, qué van a hacer, tiene que reglamentarse”, subrayó.

Para el exministro del Interior José Luis Pérez Guadalupe este pedido de intervención de las FF.AA. no se justifica. Al respecto, recordó que en su gestión se declaró en emergencia el Callao debido al enfrentamiento entre dos organizaciones criminales dedicadas al tráfico ilícito de drogas.

Declaramos en emergencia el Callao, pero no sacamos a las Fuerzas Armadas. Nos fuimos al otro lado y fue muy bueno porque hicimos capturas, bajaron las muertes violentas, por eso es que ahora la congresista Patricia Chirinos, que en ese entonces era alcaldesa de La Perla, pide que se declare en emergencia el Callao”, señaló.

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