TROME | Beto Ortiz denunció que Carlos Álvarez ocultó sentencia en su hoja de vida. Video: Willax
TROME | Beto Ortiz denunció que Carlos Álvarez ocultó sentencia en su hoja de vida. Video: Willax

La campaña electoral sumó un nuevo episodio de tensión tras la difusión de un informe televisivo que puso bajo la lupa la hoja de vida del candidato presidencial Carlos Álvarez. El señalamiento fue directo: habría omitido consignar una condena judicial impuesta en el año 2002 por el delito de peculado en agravio del Estado peruano.

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El tema fue abordado por Beto Ortiz, quien recordó que Álvarez, cuando era figura central de Canal 7 junto a Raúl Dávila, mantenía un programa cómico desde el cual se ridiculizaba a los enemigos políticos del gobierno de entonces. Según el reportaje, esa labor habría sido remunerada con pagos provenientes del entorno de Vladimiro Montesinos.

Beto Ortiz denunció que Carlos Álvarez ocultó una sentencia en su hoja de vida.
Beto Ortiz denunció que Carlos Álvarez ocultó una sentencia en su hoja de vida.

Ante la gravedad de la acusación, el equipo del programa buscó la versión del propio candidato. Sin embargo, la reacción de Carlos Álvarez fue esquiva. Consultado por la condena que no figura en su hoja de vida presentada ante el Jurado Nacional de Elecciones, evitó dar explicaciones y señaló que respondería “más adelante” y “con su abogado”.

“Ya eso lo contestaré más adelante. Vamos a… en este momento porque estamos en un tema privado”, se le escucha responder a un incómodo Álvarez en el reportaje.

EL SILENCIO ANTE LA PREGUNTA CLAVE

El informe recordó que el expediente N.° 031 del año 2002 de la Tercera Sala Penal Especial de Lima condenó a Álvarez a cuatro años de pena privativa de libertad como cómplice del delito contra la administración pública, sanción que luego fue modificada a tres años de prisión suspendida.

Pese a ello, en el documento presentado al JNE, el candidato marcó que no tenía sentencias ni condenas. Esa omisión, según lo explicado en el reportaje, podría acarrear una tacha o incluso la exclusión de la contienda electoral.

Cuando el reportero insistió en obtener una respuesta inmediata, Álvarez volvió a eludir el tema. “Eso lo vamos a conversar”, señaló, insistiendo en que se trataba de un asunto grave que sería abordado en otro momento, sin brindar mayores detalles.

Paralelamente, el candidato se reafirmó en una versión que repitió durante el informe: asegura que la Corte Suprema lo absolvió. No obstante, según lo expuesto en el reportaje, en el sistema del Poder Judicial solo figura el expediente de condena, sin registro de una absolución.

Además de la condena omitida, el informe reveló otra omisión en la declaración jurada del candidato: un vehículo Mazda CX-90 del 2025, valorizado en 160 mil soles y vinculado a su empresa. En la hoja de vida, Álvarez solo consignó un automóvil Porsche del año 2013.

Frente a estos cuestionamientos, el candidato mantuvo la misma postura. Consultado sobre la falta de información, insistió en que se trataba de temas que aclararía después, sin ofrecer una explicación directa ante las cámaras.

DOCUMENTO LE DA LA RAZÓN

Sin embargo, el diario Expreso accedió a la Resolución Suprema N.° 3263-2006. En ese fallo, la Corte Suprema declaró la nulidad del extremo que condenaba a Carlos Gonzalo Álvarez Loayza por el delito de peculado y, reformando la sentencia, lo absolvió expresamente de la acusación fiscal.

La resolución no solo dejó sin efecto la pena impuesta, sino que ordenó la anulación de los antecedentes judiciales y policiales generados como consecuencia del proceso. En términos jurídicos, la condena quedó anulada y reemplazada por una absolución formal, un punto central en la defensa del candidato presidencial.

El mismo criterio se aplicó a otros procesados del caso, lo que refuerza que no se trató de un beneficio aislado. Desde esta perspectiva, Álvarez sostiene que no mintió al afirmar que fue absuelto y que, penalmente, no tiene hoy una condena vigente por peculado.

Bajo esa lógica, su declaración ante el Jurado Nacional de Elecciones se ajustaría a una lectura estricta de la norma, que exige consignar sentencias condenatorias firmes. Una condena anulada y sustituida por absolución, según esa interpretación, deja de existir como efecto legal.

El caso, sin embargo, no se agota en lo penal. El informe de Beto a Saber y los comentarios de Beto Ortiz trasladaron la discusión al terreno de la transparencia política, cuestionando si el elector debía conocer la existencia de un proceso anticorrupción, aun cuando este terminó en absolución.

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