El Gobierno dispuso prorrogar desde el jueves 3 de marzo el estado de emergencia por el plazo de 45 días en la Provincia Constitucional del Callao, para apoyar la labor de la Policía Nacional en la tarea de mantener el control del orden interno.
Mediante un decreto supremo, publicado este miércoles en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se recuerda que durante el lapso de cumplimiento de esa medida queda sin efecto el ejercicio de algunos derechos constitucionales en la citada circunscripción.
Se precisa que, en este caso, se suspenderán los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales y la inviolabilidad de domicilio, comprendidos en los incisos 9 y 24, apartado F, del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
La norma resalta, además, que es obligación del Gobierno garantizar el derecho de los ciudadanos al orden, a la tranquilidad pública y a la seguridad.
El mencionado decreto lleva las firmas del Jefe del Estado, Ollanta Humala; así como del presidente del Consejo de Ministros, Pedro Cateriano; y de los titulares del Interior, José Luis Pérez Guadalupe; y de Justicia, Aldo Vásquez.