Castración química a violadores sexuales se aplicará a delitos contemplados en cuatro artículos del Código Penal. (Foto referencial: archivo)
Castración química a violadores sexuales se aplicará a delitos contemplados en cuatro artículos del Código Penal. (Foto referencial: archivo)

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Tras anunciarse que el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de ley para aplicar la castración química contra violadores de menores de edad, adolescentes y mujeres, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Félix Chero, dio detalles sobre la medida y explicó en qué casos se aplicará, de darse su aprobación en el Congreso de la República.

En primer lugar, la propuesta del Ejecutivo aprobada será remitida al Congreso en busca de su aprobación. De darse el visto bueno, según Félix Chero, la medida aplicará para los siguientes delitos del Código Penal.

  • N° 170: Delito de la violación sexual base.
  • N° 171: Violación de persona en estado de inconsciencia o en la imposibilidad de resistir.
  • N° 172: Violación de persona en incapacidad de dar su libre consentimiento.
  • N° 174: Violación de persona bajo autoridad o vigilancia.

¿Por qué no el N° 173 (Violación sexual de menor de edad) y N° 173-A?, porque ambos tienen pena de cadena perpetua. Esto es para aquellos delitos con pena determinada porque implica que en un determinado tiempo el condenado egresará del penal y, al hacerlo, la pena accesoria es, justamente, la propuesta del tratamiento médico especializado planteado (castración química)”, precisó Chero.

Asimismo, se precisó que la castración química es para los sujetos que cometen delitos de violación de la libertad sexual (incluido menores, adolescentes y mujeres) con penas que van desde los 15, 20 o 25 años.

“Esta norma va sujeta a un reglamento donde se establece medidas de prevención, como salud mental, educación sexual, registro nacional de agresores sexual, entre otras medidas coordinadas con el Ministerio de Salud”, agregó el titular de Justicia.

Declaraciones del Ministro de Justicia: Félix Chero
Declaraciones del Ministro de Justicia: Félix Chero

¿Cuánto costará la castración química?

Sobre el presupuesto que conllevaría la castración química en el Perú, Félix Chero declaró que este será calculado según el índice de condenas por violaciones de la libertad sexual.

“Estimamos en promedio, según las dosis que recomienda el Minsa, es de más de 2 millones de soles porque las dosis son cada seis meses”, dijo.

El Ejecutivo también aclaró que este proyecto está dentro de la facultad constitucional que tiene el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y dentro de la facultad constitucional que tiene el Consejo de Ministros.

Colegio Químico Farmacéutico

El decano nacional del Colegio Químico Farmacéutico del Perú, Arnaldo Tipiani Muñoz, afirmó que la castración química obligatoria para los violadores de menores de edad, adolescentes y mujeres, le costaría miles de dólares al Estado, sería solo temporal y no soluciona el problema de fondo.

“La castración química es un término relativo, porque es un proceso que mediante un tratamiento con fármacos se inhibe la hormona de la testosterona, que tiene relación con la libido y solo es de manera temporal. El tratamiento tiene un costo promedio de 50 dólares y este tiene una duración solo de hasta tres meses. Además, existe contraindicaciones que señalan que los productos no pueden ser aplicados por un periodo mayor a dos años”, sostuvo Tipiani en un comunicado.

Asimismo, Tipiani precisó que existen eventos adversos con este tipo de tratamientos, como son los problemas hepáticos, complicaciones en la masa ósea, aumento de peso y problemas de circulación, por lo que antes de aplicarse a una persona se debe tener un diagnóstico de su estado de salud.

Defensoría del Pueblo

Por su parte, la Defensoría del Pueblo rechazó esta propuesta tras considerar que la castración química “no es una medida eficiente”, ya que, según la entidad, “no existe evidencia que su implementación reduzca la incidencia de violaciones sexuales”.

Rechazamos que se propongan medidas como la castración química o la pena de muerte para agresores sexuales. La primera de ellas no es una medida eficiente, pues no existe evidencia que su implementación reduzca la incidencia de violaciones sexuales hacia niñas, niños y adolescentes”, indicó la Defensoría del Pueblo.

Además que, como sanción, ha sido considerada por diversos organismos internacionales como trato o pena cruel, violatoria de la dignidad humana, lo que nos llevaría a incumplir diversas obligaciones asumidas en los tratados de derechos humanos, generando responsabilidad internacional para el Estado peruano e incrementaría el gasto público”, agregó.

¿Qué es la castración química?

La castración química es el uso de fármacos para reducir la libido o la actividad sexual y es una forma legal de castigo en países como Corea del Sur, Polonia, República Checa y en algunos estados de Estados Unidos.

El exministro de Salud y urólogo Alberto Tejada explicó cómo actúa en las personas que son sometidas a este proceso.

La castración química y no quirúrgica (que es extirpar los testículos) consiste en administrarle una sustancia a una persona, sea por la vía intramuscular o con pastillas, para inhibir la producción de testosterona, o contrarrestarla, y de esa forma inhibir el deseo sexual, el impulso y la propia erección del pene”, señaló en RPP.

Los fármacos que se emplean para el tratamiento del cáncer de próstata también se destinan para la castración química.

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