Los restos del cabecilla de Sendero Luminoso, Abimael Guzmán, fueron finalmente cremados la madrugada de este viernes 24 de setiembre en el Hospital Centro Médico Naval, en virtud a la nueva ley aprobada por el Congreso de la República que permite la incineración de terroristas fallecidos en prisión.
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Al lugar llegaron los ministros de Justicia, Aníbal Torres y del Interior, Juan Carrasco, informó el noticiero América Noticias. También se reportó un fuerte resguardo policial. El matinal indicó que alrededor de las 3:40 a.m. se visualizó humo proveniente de un ducto del establecimiento.
La medida había sido ordenada por el Cuarto Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, que dispuso la cremación del cadáver que permanecía en la morgue del primer puerto desde hace más de diez días.
La fiscalía había notificado de esta decisión a la Autoridad Sanitaria, así como al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio del Interior para que iniciaran las coordinaciones de recojo de los restos de la morgue y se procediera con la cremación y el destino final de sus restos “en un plazo máximo de 24 horas”.
Como se recuerda, Guzmán Reinoso falleció a los 86 años de edad el pasado 11 de setiembre en la Base Naval del Callao, donde cumplía cadena perpetua por delito de terrorismo, al haber sido acusado por la muerte de más de 30 mil peruanos, entre civiles, policías y militares, según lo determinó la Comisión de la Verdad y Reconciliación.
El cadáver del cabecilla de Sendero Luminoso permanecía en la Morgue Central del Callao, donde se le practicó la necropsia de ley, así como exámenes antropológicos, de odontología forense, biología y de ADN.
El pasado 15 de setiembre la fiscalía denegó el pedido de la terrorista Elena Iparraguirre para que se le entregue el cuerpo de su esposo. El fiscal Vladimir Farfán Kehuarucho “ponderó el orden público e interés social” en su resolución.
Prisión de por vida
Abimael Guzmán, capturado en 1992, recibió la máxima condena carcelaria por sus acciones terroristas que empezaron en mayo de 1980. Primero lo condenó un tribunal militar el mismo año de su captura, y luego un tribunal civil en el 2006.
El senderista había sido trasladado el pasado 20 de julio desde su centro de reclusión en la Base Naval a un hospital cercano debido a inconvenientes en su estado de salud. Días atrás había sido atendido por presentar “inapetencia recurrente” y “presión baja”.
Sin embargo, el cabecilla de Sendero Luminoso rechazó ser trasladado nuevamente a un centro médico, pese a que los resultados de sus exámenes de laboratorio previamente realizados concluyeron que necesitaba atención médica especializada.
Pese a ello, tras conversar con su abogado defensor, el interno fue trasladado de forma voluntaria en una ambulancia SAMU a un hospital cercano al Cerec, donde recibió atención médica.
¿Qué norma permitió su cremación?
El Congreso de la República aprobó el último jueves un proyecto de ley que incorpora el artículo 112-A a la Ley 26842, Ley General de Salud, referido al destino de los cadáveres de fallecidos que cumplían condena por traición a la patria o terrorismo.
“En el caso del cadáver de un interno que venía cumpliendo condena con sentencia firme por los delitos de traición a la patria o de terrorismo, en su condición de líder, cabecilla o integrante de la cúpula de organizaciones terroristas, cuya entrega, traslado, sepelio o inhumación ponga en riesgo la seguridad nacional o el orden interno, el fiscal competente, en decisión motivada e inimpugnable, dispone su cremación, previa necropsia”, dice el documento.
“La Autoridad Sanitaria, en coordinación con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio del Interior, ejecuta lo dispuesto en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas. La cremación se realiza en presencia de un representante del Ministerio Público, para fines de identificación, quien levanta el acta correspondiente”, añade.