Este fin de semana será feriado largo por el , que se celebra el 1 de noviembre, así que muchas personas tendrán la oportunidad de descansar, pasar tiempo en familia o viajar. Sin embargo, a quienes les toca trabajar deben tener en cuenta cuánto deberán cobrar.

Los feriados son esperados no solo por los trabajadores para descansar, sino también por el sector turismo, debido al movimiento económico que genera, de acuerdo con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Sin embargo, ¿cuánto les corresponde recibir a los trabajadores que deben cumplir con sus labores?

¿CUÁNTO ME PAGARÁN POR TRABAJAR EL FERIADO POR EL DÍA DE TODOS LOS SANTOS EL 1 DE NOVIEMBRE?

Si te toca trabajar el martes 1 de noviembre, que es feriado nacional por el Día de Todos los Santos, la ley establece que, si un trabajador labora sin descanso sustitutorio, percibirá un pago triple por los siguientes conceptos:

  • Una remuneración por el feriado: monto incluido en el salario habitual.
  • Una segunda remuneración por la labor efectuada: pago adicional por jornada realizada.
  • Una tercera remuneración por trabajar en feriado: por haber trabajado en día feriado, sin descanso sustitutorio posterior.

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral plantea el siguiente ejemplo: Si una persona recibe como remuneración mensual S/1,500 (S/50 diarios), en caso se trabaje el 1 de noviembre, corresponde recibir S/150 por el día feriado laborado.

¿CUÁNTO ME PAGARÁN SI TENGO DESCANSO SUSTITUTORIO POSTERIOR?

Si trabajaste el 1 de noviembre, pero en lugar de un pago deseas tener un día libre, puedes optar por pedir un descanso sustitutorio por ese día trabajado. Es decir, si trabajas en esa fecha puedes pedir un descanso otro día sin ningún pago adicional. En este caso, recibirás tu remuneración mensual en forma ordinaria, toda vez que el feriado se sustituye por otro día.

¿CUÁNTO DURARÁ EL FERIADO LARGO POR EL DÍA DE TODOS LOS SANTOS?

El 1 de noviembre es feriado por el Día de Todos los Santos, que este año cae martes y viene con un feriado largo. El gobierno ha decretado el lunes 31 octubre no laborable para el sector público, que se unirá al sábado 29 y domingo 30 de este mes, que son días habituales de descanso. De esta manera, se podrá disfrutar cuatro días libres seguidos del 29 de octubre al 1 de noviembre.

El indica que este lunes 31 de octubre las personas que descansen deberán compensar esas horas. La norma añade que los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante el día no laborable.

El 1 de noviembre miles de personas acuden hacia los diferentes cementerios públicos y privados de Lima y Callao con motivo del Día de todos los santos. (Foto: Agencia Andina)
El 1 de noviembre miles de personas acuden hacia los diferentes cementerios públicos y privados de Lima y Callao con motivo del Día de todos los santos. (Foto: Agencia Andina)

¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE FERIADO Y DÍA NO LABORABLE?

Aunque en ambos días se puede descansar, toma nota sobre las diferencias:

Feriado

El feriado es un día festivo nacional en el que los trabajadores, tanto del sector público como privado, pueden dejar de laborar. Lo mismo ocurre con los estudiantes, quienes dejan de ir a sus clases. En el caso de que un empleado trabaje un feriado, recibirá una remuneración adicional, que normalmente es el triple, así sea domingo.

Día no laborable

El día no laborable es decretado por el Gobierno de turno y está dirigido al sector público. En el privado, el empleador decidirá si sus trabajadores laboran o no. Si en caso un empleado trabaja con normalidad, esto no significa que recibirán un pago extra, ya que sólo recibirá el mismo sueldo sin incrementos. Para los que descansen deberán compensar esas horas con horas extras, trabajo los sábados o considerarlas como parte de las vacaciones.

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