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Congreso aprueba por insistencia norma que atenta contra Sunedu y reforma universitaria

Con 72 votos a favor, 39 en contra y 4 abstenciones, el Congreso aprobó la autógrafa que fue observada por el presidente Pedro Castillo.
Con 72 votos a favor, 39 en contra y 4 abstenciones, el Congreso aprobó la autógrafa de ley. (Foto: Congreso)

El Pleno del Congreso aprobó por insistencia la ley que debilita a la Superintendencia Nacional de Educación Superior (Sunedu) y afecta la reforma universitaria, al restablecer la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas mediante la modificación del consejo directivo de dicha institución.

Con 72 votos a favor, 39 en contra y 4 abstenciones, el Congreso aprobó la autógrafa que fue observada por el presidente Pedro Castillo, al considerar que es inconstitucional y atenta contra la imparcialidad, la autonomía e independencia funcional de este organismo.

Atentado contra Sunedu

El pasado martes 1 de febrero, el pleno del Congreso aprobó en primera votación el texto sustitutorio de la Comisión de Educación que restablece la “autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas”.

No obstante, pese a este nombre, lo que hace esta iniciativa legal es atentar contra la reforma universitaria y debilitar la Sunedu, según expertos e instituciones.

El dictamen fue aprobado en aquel entonces con 69 votos a favor, 39 en contra y 2 abstenciones. En tal sentido, la iniciativa modifica la conformación del Consejo Directivo de la Sunedu, el que estaría integrado por dos representantes de las universidades estatales, uno de las privadas, uno del Concytec, uno del Sineace, uno del Minedu y otro del Consejo de los Decanos de Colegios Profesionales del Perú.

También se establece que el superintendente de la Sunedu será elegido entre sus miembros representantes. Además, los representantes de las universidades que integran el Consejo Directivo serán elegidos en una convocatoria nacional por los rectores de las universidades, siendo el plazo de la convocatoria para ambos casos de 30 días hábiles.

La norma aprobada precisa también que los miembros de este consejo son elegidos por un periodo de tres años y no hay reelección. Tal como establece el reglamento del Congreso, el proyecto será materia de segunda votación transcurrido siete días calendarios.

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